Desde el 1 de julio los Residuos de Construcción y Demolición deben ser clasificados

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Los residuos de construcción y demolición no peligrosos deben ser clasificados

Desde el 1 de julio los Residuos de Construcción y Demolición no peligrosos deben ser clasificados en fracciones y en elementos susceptibles de ser reutilizados, según la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular.

Desde el pasado 1 de julio, los Residuos de Construcción y Demolición no peligrosos deben ser clasificados en, al menos, las siguientes fracciones: madera, fracciones de minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso. Asimismo, se clasificarán aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados tales como tejas, sanitarios o elementos estructurales. Esta clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria. Así se recoge en el apartado 2 del artículo 30 de la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular, aprobada el pasado 8 de abril.

La demolición se realizará de forma selectiva y con un control documental

La demolición se llevará a cabo preferiblemente de forma selectiva, y con carácter obligatorio a partir del 1 de enero de 2024, garantizando la retirada de, al menos, las fracciones de materiales indicadas en el apartado anterior, previo estudio que identifique las cantidades que se prevé generar de cada fracción, cuando no exista obligación de disponer de un estudio de gestión de residuos y prevea el tratamiento de estos según la jerarquía establecida en el artículo 8.

Para facilitar lo anterior, se establecerá reglamentariamente la obligación de disponer de libros digitales de materiales empleados en las nuevas obras de construcción, de conformidad con lo que se establezca a nivel de la Unión Europea en el ámbito de la economía circular. Asimismo, se establecerán requisitos de ecodiseño para los proyectos de construcción y edificación.

En este mismo artículo 30 de la Ley 7/2022 se recoge que, sin perjuicio de la normativa específica para determinados residuos, en las obras de demolición, deberán retirarse, prohibiendo su mezcla con otros residuos, y manejarse de manera segura las sustancias peligrosas, en particular, el amianto.

JLM Ingeniería actualmente contamos con tres equipos, mod. Rec100, TR100E_Compact y TR200E_Compact, con los que se puede realizar la valorización de los residuos de construcción y demolición dando cumplimiento así a la legislación vigente.

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